10 de abril de 2024
Coadyuvantes tecnológicos alimentarios
Nuevo Real Decreto sobre coadyuvantes tecnológicos
El nuevo Real Decreto 773/2023, de 3 de octubre, por el que se regulan los coadyuvantes tecnológicos utilizados en los procesos de elaboración y obtención de alimentos, fue publicado en el Boletín Oficial del estado el 4 de octubre de 2023. El documento agrupa, en una sola norma, los coadyuvantes tecnológicos previamente autorizados en distintas normas sectoriales y establece requerimientos sobre sus especificaciones y etiquetado para poder garantizar su uso seguro y correcta identificación.
La publicación de este Real Decreto es de especial relevancia porque hasta la fecha no existía ninguna reglamentación estatal específica para coadyuvantes tecnológicos alimentarios y su aplicación se basaba en normas sectoriales (reglamentaciones técnico-sanitarias o normas de calidad) que avalaban el uso de diferentes sustancias para fines específicos.
Así mismo, no existe reglamentación europea específica y tan solo hay una mención a este tipo de sustancias en el Reglamento (CE) nº1333/2008 sobre aditivos alimentarios para hacer una definición de los mismos y decretar que dicho reglamento excluye a los coadyuvantes tecnológicos alimentarios de su ámbito de aplicación, a no ser que se utilicen como aditivos alimentarios.
¿Qué son los coadyuvantes tecnológicos?
Los coadyuvantes tecnológicos son imprescindibles en muchos procesos de producción de alimentos, facilitando los mismos e influyendo o pudiendo influir de manera importante en la calidad final de los alimentos.
El nuevo Real Decreto 773/2023 define como coadyuvante tecnológico alimentario toda sustancia que:
- No se consuma como alimento en sí misma,
- Se utilice intencionalmente en la transformación de materias primas, alimentos o sus ingredientes para cumplir un determinado propósito tecnológico durante el tratamiento o la transformación, y
- Pueda dar lugar a la presencia involuntaria, pero técnicamente inevitable, en el producto final de residuos de la propia sustancia o de sus derivados, a condición de que no presenten ningún riesgo para la salud y no tengan ningún efecto tecnológico en el producto final.
Lista de coadyuvantes tecnológicos
El Anexo I del Real Decreto 773/2023, en su Parte A, establece la lista de los alimentos incluidos en el ámbito de aplicación del real decreto y, en su Parte B, la lista de coadyuvantes tecnológicos autorizados para cada alimento, indicando su función, condiciones de uso y residual máximo permitido.
Para aquellas sustancias no incluidas en la lista del Anexo I, el artículo 3 del Real Decreto 773/2023, en sus apartados 2 y 3, también autoriza su uso como coadyuvante tecnológico alimentario cuando:
- El coadyuvante esté legalmente comercializado en otros Estados miembros de la Unión Europea, con idénticas restricciones y limitaciones que allí existan, de acuerdo con el principio de reconocimiento mutuo.
- La sustancia está autorizada como aditivo alimentario, siempre que se cumplan los requisitos presentes en la definición coadyuvante tecnológico del Real Decreto 773/2023.
Aquellas sustancias que no se encuentren la lista de coadyuvantes tecnológicos del Anexo I y que no estén contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 3 del Real Decreto 773/2023, deberán someterse a una evaluación del riesgo por parte del Comité Científico del organismo autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN OA). Tras la evaluación de este riesgo y en caso de resultado favorable, podrán pasar a incluirse en la parte B del Anexo I.
Conclusiones
El empleo de coadyuvantes tecnológicos es fundamental para la elaboración y obtención de alimentos de calidad.
El Real Decreto 773/2023, de 3 de octubre, por el que se regulan los coadyuvantes tecnológicos utilizados en los procesos de elaboración y obtención de alimentos agrupa los coadyuvantes tecnológicos previamente autorizados en distintas normas sectoriales y establece requerimientos para poder garantizar su uso seguro y correcta identificación.
Proquimia dispone de una gama de coadyuvantes tecnológicos alimentarios para distintos alimentos y usos, adaptados al nuevo marco normativo establecido por el Real Decreto 773/2023:
Proquimia dispone de instalaciones debidamente autorizadas su fabricación, almacenaje y distribución según:
- Registro Sanitario de industrias y productos alimentarios para actividades clave 31 nº RSIPAC 31.04986/CAT y RGSEAA 31.003470/B
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